Al Congreso de la República, a la Fiscalía General de la Nación, al Consejo Superior de Política Criminal y a los jueces penales, implementar las medidas y hacer los ajustes normativos y de política necesarios para fortalecer las estrategias de investigación criminal de violaciones a los DDHH e infracciones al DIH e institucionalizar la priorización de su persecución y judicialización en la política criminal del Estado. Para ello, se sugiere: ● Tipificar los crímenes de guerra y de lesa humanidad con sus elementos contextuales, de conformidad con el Derecho Penal Internacional, y asegurar la imprescriptibilidad de la acción penal. ● Garantizar que la investigación y el esclarecimiento de las conductas que constituyan violaciones a los DDHH e infracciones al DIH se dé bajo una metodología que: (i) tome en cuenta los elementos contextuales de sistematicidad o generalidad; (ii) identifique patrones y los distintos grados de responsabilidad de quienes participen en entramados complejos de criminalidad; (iii) aumente equipos multidisciplinarios en la Fiscalía con la experticia necesaria; (iv) fortalezca la policía judicial al servicio de estas investigaciones. ● Priorizar los hechos delictivos de hostigamiento contra servidores públicos, víctimas, testigos e intervinientes que puedan estar relacionados con su intervención en los procesos judiciales con el fin de garantizar su seguridad.