Al Gobierno Nacional y al Congreso de la República, con la participación de autoridades territoriales, incluyendo autoridades étnicas, la academia, medios de comunicación y, en especial, las organizaciones de víctimas, discutir, concertar y poner en marcha una política de memoria y verdad para la construcción de paz y la no repetición. Esta debe construirse con un enfoque diferencial y territorial que contribuya a superar el trauma individual y colectivo y a enfrentar la estigmatización y el negacionismo. Esta política debe incluir, entre otras acciones:
(i) Medidas para garantizar la preservación, financiación, construcción y fortalecimiento de los lugares e iniciativas de memoria y la declaración de nuevos lugares, especialmente en sitios donde hayan ocurrido graves violaciones de derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario.
(ii) La creación y reglamentación del Museo de Memoria de Colombia como una entidad pública de carácter permanente autónoma e independiente, encargada de construir, preservar, apropiar y difundir las memorias del conflicto y de los afrontamientos y resistencias desde una perspectiva plural. Esto implica, como mínimo, contar con un mecanismo de selección del director/a que no dependa exclusivamente del Gobierno.
(iii) Medidas específicas para la construcción, preservación y apropiación de la memoria de los pueblos indígenas, afro, negro, palenquero, raizal y rrom concertadas con las comunidades.
(iv) Medidas para fortalecer el proceso del mapa de victimización individual y colectivo, para el reconocimiento y memoria del universo de víctimas del conflicto armado con énfasis en la identificación de víctimas con discapacidad, de los pueblos étnicos, en el exilio, huérfanos y huérfanas del conflicto armado interno y, en general, aquellas de hechos victimizantes no incluidos en la Ley de Víctimas.
(v) Un plan de actualización constante de las principales bases de datos sobre las víctimas del conflicto armado, que de forma respetuosa y sin revictimizar, pueda mejorar su caracterización en cuanto a pertenencia a pueblos étnicos, discapacidades, orientación sexual, identidad de género, situación de orfandad y avances en su reparación integral. Adicionalmente, consolidar una base de datos sobre víctimas de violaciones de DDHH e infracciones al DIH, que contenga, en los posible, una mínima narración de los hechos, al menos, en cuanto el modo, tiempo, lugar y presunto responsable sobre la base del legado que en este sentido entrega la Comisión.